martes, 6 de noviembre de 2012

Humedal el burrito


HISTÓRICA CONDENA AL DISTRITO POR CONSTRUIR SOBRE HUMEDAL "EL BURRO"

La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), ha sido designada por el Consejo de Estado para cuantificar y valorar el daño ambiental que allí se produjo


20 de octubre de 200

HISTÓRICA CONDENA AL DISTRITO POR CONSTRUIR SOBRE HUMEDAL "EL BURRO"
Bogotá, Enero de 2008.- En una decisión sin precedentes, el Consejo de Estado, ordenó al Distrito Capital, a través del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, la indemnización a terceros por los daños ocasionados en el humedal El Burro, ubicado al occidente de Bogotá, al permitir la construcción de una urbanización que ocupó cerca de 50 por ciento del ecosistema y cuyos impactos serán determinados y cuantificados por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR).
Todo comenzó en el año 2004, cuando el ciudadano Olof Rodolfo Elsín Sabino, actuando en nombre propio, interpuso una Acción Popular contra la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá,  por permitir la destrucción del humedal al no determinar una ronda hidráulica de 30 metros alrededor del mismo y contra  Planeación Distrital, al aprobar, mediante la figura del silencio administrativo positivo, la construcción de la Urbanización Bosques de Castilla sobre estos terrenos.
Luego de varios alegatos, el Acueducto de Bogotá pudo demostrar que no incurrió en falta alguna, como quiera que el humedal El Burro ya se encontraba intervenido para la época en que fue presentada la denuncia. En consecuencia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, luego de valorar las pruebas, falló la demanda y exoneró a la Empresa de Acueducto de Bogotá de cualquier responsabilidad.
El demandante, desde luego, apeló la decisión insistiendo en que con la destrucción del humedal El Burro, se vulneraron derechos colectivos a la moralidad administrativa y a la defensa del patrimonio público, lo que obligó al alto Tribunal a revisar nuevamente el tema.
De dicho estudio, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado pudo determinar que la licencia de construcción otorgada por Planeación Distrital en octubre de 1993, producto de un silencio administrativo positivo sobre la solicitud presentada por la firma "Bosques de Castilla Ltda.", permitió urbanizar un predio, que según el Acuerdo Distrital 06 de 1990, hacía parte de un área protegida que impedía estos usos.
En consecuencia, el Consejo de Estado encontró responsable al Distrito Capital, por la violación de los derechos o intereses colectivos a la moralidad administrativa, a la defensa del patrimonio público y al goce de un ambiente sano, y ordenó el pago, a manera de indemnización, a favor de la comunidad y por conducto de la CAR, de la totalidad de los costos ambientales causados por el daño del humedal El Burro.

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